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Privacidad y videovigilancia: límites legales y éticos en España

22/12/2025
Videovigilancia y privacidad en la empresa

La videovigilancia se ha convertido en una herramienta habitual en empresas, oficinas, comercios e incluso entornos industriales. Mejora la seguridad, previene incidentes y protege activos. Sin embargo, su uso implica un tratamiento directo de datos personales, lo que la sitúa en el centro del debate legal y ético sobre privacidad. 

En España, instalar cámaras no es solo una decisión técnica: es una responsabilidad legal regulada por el RGPD y la LOPDGDD, con criterios muy claros que las empresas deben cumplir. 

Videovigilancia y datos personales: el punto de partida legal 

Las imágenes captadas por cámaras de seguridad se consideran datos personales cuando permiten identificar a una persona, aunque sea de forma indirecta. Por tanto, su tratamiento está sujeto al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y a la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). 

Esto implica que cualquier sistema de videovigilancia debe cumplir, entre otros, con los principios de: 

  • legalidad 
  • limitación de la finalidad 
  • minimización de datos 
  • proporcionalidad 
  • seguridad del tratamiento 

Instalar cámaras "por si acaso" o sin una finalidad concreta es incompatible con la normativa vigente. 

¿Cuándo es legal instalar cámaras de videovigilancia? 

En el ámbito empresarial, la videovigilancia puede ser legal cuando: 

  • existe un interés legítimo, como la seguridad de personas, bienes o instalaciones 
  • no se vulneran derechos fundamentales de trabajadores, clientes o terceros 
  • se informa de forma clara y visible de la existencia de cámaras 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) establece que las cámaras no pueden utilizarse para fines distintos a los declarados, ni captar imágenes innecesarias para el objetivo perseguido. 

Por ejemplo, no es legal: 

  • grabar zonas de descanso, vestuarios o baños 
  • captar vía pública más allá de lo imprescindible 
  • usar las imágenes para controlar de forma constante e indiscriminada a empleados 

Obligaciones clave para las empresas 

Desde un punto de vista técnico y organizativo, una empresa que utilice videovigilancia debe cumplir con varias obligaciones: 

Información y transparencia 

Es obligatorio informar mediante carteles visibles, indicando: 

  • la existencia del sistema 
  • la identidad del responsable del tratamiento 
  • la posibilidad de ejercer derechos de protección de datos 

 Plazo de conservación limitado 

Las imágenes no pueden conservarse más de 30 días, salvo que estén relacionadas con un incidente concreto que deba ser puesto a disposición de autoridades competentes. 

Acceso restringido y seguro 

Solo el personal autorizado puede acceder a las grabaciones. Además, deben existir medidas técnicas que eviten accesos no autorizados, fugas de información o usos indebidos. 

Registro y documentación 

El tratamiento debe estar documentado en el registro de actividades, y en determinados casos puede requerirse una evaluación de impacto en protección de datos. 

El componente ético: más allá del cumplimiento legal 

Cumplir la ley es el mínimo. El verdadero reto para las empresas está en el plano ético y reputacional. 

Un uso abusivo o poco transparente de la videovigilancia genera: 

  • desconfianza interna 
  • deterioro del clima laboral 
  • riesgos reputacionales 
  • posibles sanciones económicas 

La tendencia actual no es "vigilar más", sino vigilar mejor, integrando la seguridad dentro de una estrategia de gobernanza del dato y privacidad desde el diseño (privacy by design). 

Videovigilancia, cloud y seguridad: un nuevo escenario 

Con la migración de sistemas de videovigilancia a entornos cloud, aumentan también los riesgos si no se gestionan correctamente: 

  • accesos remotos sin control 
  • proveedores sin garantías adecuadas 
  • datos almacenados fuera de la UE 

Por eso, es clave trabajar con infraestructuras seguras, proveedores alineados con el RGPD y políticas claras de control de accesos y cifrado. 

¿Cuál es la principal conclusión?: Seguridad sí, pero con control y criterio 

La videovigilancia es una herramienta legítima y útil, pero solo cuando se aplica con criterio técnico, legal y ético. Las empresas deben entender que proteger datos personales es también proteger su propia marca. 

En Bouge abordamos la videovigilancia y la seguridad desde una visión integral: tecnología, cumplimiento normativo y buenas prácticas para empresas que quieren crecer sin riesgos innecesarios. 

La pregunta no es si puedes instalar cámaras, sino si lo estás haciendo de forma correcta, segura y alineada con la ley.